Aplicación Covid Radar no protege datos personales, revelan en NL

Monterrey, NL., 14 May (Agencia Informativa de México).- La aplicación digital Covid Radar, para detectar casos positivos del coronavirus y lanzada por la Secretaría de Salud estatal, no maneja información de forma anónima, reveló la Comisión de Transparencia y Acceso la Información de Nuevo León (Cotai).

Ante esto, el presidente de la Cotai, Bernardo Sierra Gómez, dijo que durante la 16 Sesión Ordinaria del Pleno, se aprobó una serie de recomendaciones, tendientes a garantizar el debido trato de los datos personales en la herramienta digital anunciada por la dependencia estatal los días 10 y 11 de mayo anterior.

foto cortesía

“Según lo señalado por el Secretario de Salud, Manuel de la O, la aplicación registra ‘anónimamente’, por medio del Bluetooth, los dispositivos cercanos que tienen la misma instalada y en caso de que algún usuario resulte positivo a la infección permitirá a las autoridades enviar las alertas correspondientes a quienes estuvieron en contacto con este último”; explicó.

Sin embargo, agregó, “una vez que se analizó la página de Internet por la Dirección de Datos Personales de esta Comisión, se advierte que la misma registra diversos datos personales de los usuarios, que los identifica o pudiera llegar a identificarlos”.

En la página covidradar.mx, mencionó el comisionado presidente, se señala que es anónimo, sin embargo, la aplicación sí trata datos personales, que identifican o que pudieran llegar a identificar a los usuarios, por lo que no se podía considerar que la información sea anónima.

Ante ello, durante la sesión virtual de hoy el Pleno de la Cotai conminó a que la Secretaría de Salud estatal cumpla con los principios y deberes de protección de datos personales en la aplicación Covid Radar.

“Deberá justificar el principio de la o las finalidades de esos datos de forma concreta, explícita y legítima, así como el de licitud, por lo que deberá fundamentar el tratamiento de los datos personales, de acuerdo con la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados”, subrayó.

De la misma forma, añadió Sierra Gómez, el principio de consentimiento, en el que los usuarios compartirán su información de manera libre, específica e informada.

“En el caso del principio de lealtad, la Secretaría de Salud no deberá obtener datos personales por medios engañosos o fraudulentos y deberá tratar los datos personales que resulten adecuados, relevante y estrictamente necesarios para cumplir con el principio de proporcionalidad”, dijo.

Las recomendaciones, además, contemplan que deberá cumplir con los deberes de confidencialidad y seguridad, para lo cual deberá establecer las medidas administrativas, físicas y técnicas para proteger los datos personales que se traten en la aplicación.

“En el caso de que la Secretaría de Salud comparta o comunique los datos obtenidos mediante la aplicación, deberá realizar un contrato o convenio con otros sujetos obligados o particulares en el que establezca las actividades de tratamiento de los datos personas y limitar sus actuaciones en base a los términos que fije el responsable”, concluyó.

AIMX/PMR/OPH

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