Proponen reformar la Ley 553 en Guerrero para incorporar la “violencia ácida”


Chilpancingo, Gro., 12 Jun. (Agencia Informativa de México).- Con la finalidad de erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres, se propone reformar la Ley número 553 de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado Libre de Guerrero, para incorporar la “violencia ácida”, o la “Ley Malena”, cuando alguna mujer sea violentada y lesionada con ácido o algunas sustancias químicas o corrocidas y se propone una pena de hasta 21 años de prisión y con agravante cuando se acredita la relación entre la víctima y el victimario.

En el marco de la propuesta, diputadas del Congreso local encabezaron este lunes el foro denominado “Legislando contra la Violencia Ácida” impulsada por la legisladora de Citlali Calixto Díaz, contó con la participación de saxofonista María Elena Ríos, quien durante el 2019 fue víctima de un ataque con ácido, que le provocó quemaduras en el 85 por ciento de su cuerpo, cuyo agresor Juan Antonio Vera Carrizal se encuentra libre, ella, urgió visibilizar los casos de violencia contra las mujeres.

Se informó que a nivel país se tienen registrados por lo menos 28 agresiones físicas contra las mujeres con ácido o alguna sustancia química o corrocida, aunque en Guerrero no se conoce de algún caso, sin embargo, no significa que no existan, por lo que se consideró importante promover medidas de protección a favor de las mujeres y a la par, que establezcan sanciones contra el victimario.

En la propuesta se propone que quien provoqué las lesiones con ácido, sustancias químicas o corrocidas, se le aplique una pena, correspondiente al delito de lesiones calificadas, misma que pueda ser ascendente hasta trece años de prisión, pero también se fija una agravantes de hasta 17 años de prisión en función de la gravedad de las heridas o si la violencia se ejerce contra personas en situación de calle o personas de la diversidad sexual, “pues hemos detectado que éstos también han sido víctimas”, dijo la diputada Calixto Díaz.

“Desde luego fijamos una agravante por razón de género que llega hasta los 21 años de prisión, si se acredita relación entre la víctima y el victimario”, y se plantea considerar como tentativa de feminicidio cuando las lesiones provoquen recesión parcial o total, en cuando hay alteración en los genitales o cauce daño físico severo o la incapacidad para trabajar.
AIMX/FSZ

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